¿Puede existir responsabilidad penal en el concurso de acreedores?
La pandemia ha afectado a numerosas empresas que han visto cómo se reducían sus ventas y que, en algunos casos, han tenido que cerrar. El informe “Atlas concursal 2021”, que elabora el Registro de Economistas Forenses, destaca que en el tercer trimestre de 2021 el número de concursos de acreedores ha aumentado respecto al año 2020, puesto que han pasado de 3.131 a 3.169. La solución a las situaciones de deudas o insolvencia puede estar en la Ley Concursal o en la Ley de Segunda Oportunidad. En el artículo de hoy nos vamos a centrar en la posibilidad de que exista responsabilidad penal en el concurso de acreedores.
La calificación del concurso de acreedores como culpable
La calificación del concurso de acreedores se regula en el artículo 441 de la Ley Concursal que establece dos formas en las que puede clasificarse el concurso de acreedores: fortuito y culpable. Se considera que el concurso de acreedores es culpable cuando:
- El deudor no solicita de forma voluntaria el concurso, a lo cual está obligado por la Ley Concursal, dentro de los dos meses siguientes después de conocer su estado de insolvencia.
- El deudor solicita de forma fraudulenta el preconcurso de acreedores.
- Se lleva una doble contabilidad.
- Existe una inexactitud grave o falsedad en la documentación que se aporta al concurso de acreedores.
- Se incumple el deber de colaboración con el juez del concurso.
- Se incumple el convenio de acreedores ya firmado.
- Se produce un alzamiento de bienes o una acción que produce un perjuicio para los acreedores.
- Se realizan actos jurídicos de simulación patrimonial en la declaración del concurso
- Existe dolo o culpa grave en la generación o agravación de la insolvencia de la empresa.
Por lo tanto, los delitos más habituales en el concurso de acreedores son: el alzamiento de bienes, la falsedad documental, la apropiación indebida hola doble contabilidad.
¿A quién puede afectar la declaración del concurso como culpable?
El hecho de que el concurso de acreedores se haya declarado culpable no solo afecta al empresario que no lo solicitó de forma voluntaria, sino también a representantes legales de la sociedad, administradores, liquidadores, directores generales o socios que obstaculicen el concurso.
Por otro lado, el juez puede determinar que existen cómplices que hayan cooperado con el deudor.
En el caso en que el juez determine que el concurso es culpable dictará una sentencia en la que se deben incluir los siguientes extremos:
- Identificación de las personas afectadas por la calificación del concurso como culpable y de sus cómplices.
- Inhabilitación de las personas afectadas por la calificación.
- Cesación en los cargos de los administradores y liquidadores inhabilitados.
- Inscripción de la sentencia en el Registro Concursal para dar publicidad a la resolución.
Como consecuencia de todo lo anterior, es fundamental contar con la ayuda de un abogado penalista para evitar que surja la responsabilidad penal en el concurso de acreedores y tomar todas las medidas necesarias para que no se declare el concurso culpable.