¿Qué diferencia hay entre prescripción de delitos y de penas?
Es bastante probable que hayas escuchado hablar de la prescripción de delitos, es decir, de que la responsabilidad penal se extingue cuando transcurre un determinado plazo de tiempo, pero ¿Sabes en qué se diferencian la prescripción de delitos y de penas? En este post te contamos todos los detalles.
¿Qué es la prescripción de delitos?
El artículo 130 del Código Penal establece las causas por las que se extingue la responsabilidad criminal y regula entre otras: el cumplimiento de la condena, el indulto, la muerte del reo, el perdón del ofendido y la prescripción.
La prescripción del delito o extinción de la responsabilidad penal supone que no se ha iniciado un procedimiento judicial penal por un hecho delictivo o se ha iniciado, pero por alguna razón se ha paralizado y no ha habido actos que hayan interrumpido la prescripción del delito.
El plazo de prescripción de un delito depende de la pena que lleve aparejada:
- Los delitos leves prescriben una vez haya transcurrido un año desde que se cometió la infracción penal.
- Los delitos con una pena de prisión de 15 años o más, a los 20 años.
- Los delitos con una pena de prisión o inhabilitación por más de 10 años, a los 15 años.
- Los delitos con una pena de prisión o inhabilitación de más de 5 años y menos de 10, a los 10 años.
- Los demás delitos a los 5 años.
Es importante recordar que existen delitos que no prescriben como el de genocidio.
¿Qué es la prescripción de las penas?
La prescripción de las penas se produce cuando ha habido un procedimiento judicial penal y se ha dictado una sentencia, pero esa sentencia no ha llegado a cumplirse. La prescripción de las penas también depende de los años de prisión a los que se haya condenado al reo y se regula en el artículo 133 del Código Penal:
- Prisión por más de 20 años: a los 30 años.
- Prisión igual o superior a 15 años e inferior a 20: 25 años.
- Pena de inhabilitación o prisión de más de 10 años y menos de 15: a los 20 años.
- Pena de inhabilitación por más de 6 años y menos de 10 o pena de prisión por más de 5 años y menos de 10: a los 15 años.
- Restantes penas graves: a los 10 años.
- Restantes penas menos graves: a los 5 años.
- Penas leves: al año.
Al igual que sucede con los delitos, las penas relativas a delitos que no prescriben tampoco prescriben. Para contar el transcurso del tiempo de la prescripción se tendrá en cuenta la fecha de la sentencia firme.
En el caso en que haya prescrito una pena el infractor podrá solicitar la cancelación de antecedentes penales ante el Ministerio de Justicia.
Tal y como has visto, tanto los delitos como las penas prescriben la diferencia es que en el caso de los delitos no ha habido juicio penal y en el caso de las penas ha habido juicio penal y sentencia.