¿Qué es el error de tipo en derecho penal?
Imagina el siguiente caso: una persona que está cazando y que no tiene experiencia en la caza, dispara a otra persona pensando que es un animal, produciéndole lesiones graves. Es un claro ejemplo del llamado error de tipo en derecho penal. En este post te contamos en qué consiste, qué clases existen y qué requisitos se deben dar para que exista.
¿Qué es el error de tipo?
El error de tipo se regula en el artículo 14 del Código Penal que establece lo siguiente:
1. El error invencible sobre un hecho constitutivo de la infracción penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error, atendidas las circunstancias del hecho y las personales del autor, fuera vencible, la infracción será castigada, en su caso, como imprudente.
2. El error sobre un hecho que cualifique la infracción o sobre una circunstancia agravante, impedirá su apreciación.
3. El error invencible sobre la ilicitud del hecho constitutivo de la infracción penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error fuera vencible, se aplicará la pena inferior en uno o dos grados.
Por lo tanto, cuando existe un error de tipo el autor actúa sin saber que lo que hace es ilícito, no sabe lo que está haciendo.
Tipos de errores de tipo
El error de tipo puede ser vencible o invencible. El error de tipo invencible es aquel que, considerando las circunstancias personales y del hecho ocurrido, no se podrían haber evitado. Por lo tanto, se excluye el dolo. En el caso de que el error sea vencible, se puede evitar y, por lo tanto, la acción se puede castigar como imprudente.
Volviendo al ejemplo del cazador: no es lo mismo que se trate de un cazador experto, que de una persona que nunca ha cazado. En el primer caso puede haber un error vencible porque es una persona sin experiencia en caza que puede cometer equivocaciones, mientras que en el segundo puede tratarse de un error invencible, puesto que es un cazador experto que conoce la caza y cometerá menos errores. En cualquier caso, es necesario atender a las circunstancias de lo sucedido como las condiciones meteorológicas, por ejemplo, niebla, oscuridad, lluvia intensa.
¿Qué dice la jurisprudencia sobre el error de tipo?
Por un lado, la jurisprudencia dice (Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid 372/2007 de 26 de septiembre) que la alegación de ambos errores (error de tipo y error de prohibición) es incompatible desde el punto de vista jurídico técnico, ya que solo puede concurrir uno u otro en el caso.
Por otro lado, para que se aprecie por un tribunal la existencia de un error de tipo debe de ser probado por quien lo alega, no basta con basarse en las declaraciones del autor.
En definitiva, en estos casos es fundamental la ayuda de un abogado penalista experto que conozca tanto el Código Penal como el funcionamiento de los tribunales de justicia y asesore en el caso y dirija el procedimiento penal.