La ley del silencio
Para el director Elia Kazan, La ley del silencio (EEUU, 1954 y galardonada con ocho Oscar) significó un auténtico acto de expiación.
Aunque también una excusatio non petita, accusatio manifesta, puesto que, sólo un par de años antes del estreno, el cineasta había delatado a algunos de sus compañeros de profesión ante el Comité de Actividades Antiamericanas que lideró el senador estadounidense McCarthy en su conocida caza de brujas contra el comunismo. En el filme, Kazan busca la comprensión y el perdón del espectador valiéndose de un alter ego encarnado en el mítico personaje de Terry Malloy, interpretado por Marlon Brando (por el que el actor obtuvo una estatuilla).
Para entonar su particular excusatio non petita, a Pedro Sánchez no le ha resultado siquiera necesario rodar una obra maestra como La ley del silencio, sino que le ha bastado con perpetrar la Exposición de Motivos de la proposición de Ley Orgánica de amnistía, denominada sorprendentemente de "normalización institucional, política y social en Cataluña" (¡cómo si en Cataluña, hasta hoy, no hubiera imperado la normalidad!).
En efecto, las once páginas de la referida Exposición de Motivos son, de principio a fin, un burdo intento de justificar lo injustificable; de hacer pasar por constitucional una norma que, a cualquier jurista no cegado por una determinada inclinación política, le parecería una boutade, un disparate o, sencillamente, un esperpento jurídico.
En esa búsqueda de disculpar la evidencia, que en verdad es una mera excusatio, la ley de amnistía acude, en primer lugar, a la tramposa referencia a la Ley de Amnistía de 1977, orillando no sólo que esa ley es preconstitucional, sino, sobre todo, el contexto político en el que fue dictada ¿En qué puede parecerse la realidad social de una dictadura al de una democracia consolidada como la nuestra? ¿Qué similitud puede hallarse en amnistiar a ciudadanos que lucharon contra la dictadura de Franco con los sediciosos y vándalos que intentaron subvertir el orden constitucional?
Otro tanto de lo mismo sucede cuando se pretende explicar la razón misma de la norma (que se contiene en quince raquíticos artículos, que ocupan apenas siete páginas de las veinte de la ley) y se excusa, al parecer, en una indeseada "intervención de la Justicia" tras el intento de sedición de 2017. Según el razonamiento de la ley, los tribunales habrían decidido motu proprio, y por mero capricho, ser actores de la controversia. Para ello se silencia que, guste o no a los independentistas, la Justicia se vio forzada a intervenir en aquellos momentos ante la gravedad de las conductas penalmente relevantes que algunos políticos decidieron realizar voluntariamente, como, por ejemplo, convocar referendos ilegales, desviar (malversar) fondos públicos para fines ilícitos, desobedecer resoluciones judiciales (incluidas las emanadas del TC) o promover y alentar actos vandálicos, algunos de gravedad extrema, calificados de terroristas por la Audiencia Nacional. En cualquier caso quien, a estas alturas, no haya advertido que la ley de amnistía obedeció únicamente a la necesidad de Sánchez de contar para su investidira con los siete votos de Junts, que se prepare para el próximo 28 de diciembre.
La misma desatinada excusatio se halla en el vano intento de razonar el marco temporal escogido en aplicación de la amnistía: nada menos que del 1 de enero de 2012 al 13 de noviembre de 2023. Y es desconsolador comprobar que no se dedica esfuerzo alguno a explicar, con un mínimo rigor ni basamento, el porqué de ambas fechas, aunque, conociendo a Sánchez y a los corredactores del esperpento, seguro que no es casual. En todo caso, en los próximos meses será inevitable que se revele de una forma u otra a qué obedeció esta extrañan elección temporal.
Finalmente, y aunque la crítica podría extenderse a otros muchos aspectos de la ley, que sin duda son más trascendentes (como la indeterminación de a quién se aplicará la amnistía), la "excusatio de Motivos" de la ley de amnistía regala como tendenciosa afirmación que "la amnistía no implica una criminalización de los funcionarios que intervinieron en la defensa del orden público" (¡menos mal!). Sin embargo, y aunque el observación ya es bastante sangrante, añade acto seguido que esa ausencia de criminalización de sus conductas no se debe a que actuaran sin haber delinquido y conforme a la Ley y los mandatos de la Constitución, no. Sino porque "la presunción de inocencia es un principio básico de nuestro ordenamiento jurídico".
Dicho de otro modo, el preámbulo de maras viene a espetar de manera miserable que todos los funcionarios públicos que intervinieron de un modo u otro en los hechos relativos al procés en defensa de la legalidad (policías, guardias civiles, jueces, fiscales, abogados del estado, etc.) son inocentes (¿De qué delitos? Sólo Sánchez y sus socios pueden contestar a esta ignominiosa pregunta).
Lo que supone hacer esa afirmación equivale en derecho penal a sostener que son inocentes, pero no porque actuaran conforme a Derecho, no; ni que lo hieran en defensa de la unidad de España, que tampoco. Sino ¡porque les ampara la presunción de inocencia! O lo que es lo mismo: que podrían ser investigados y/o juzgados como presuntos autores de algún delito, y en tal caso les debería aplicar el in dubio pro reo (ante la falta de prueba del delito. La diferencia entre no haber cometido ilícito alguno y ser declarado inocente porque se ha aplicado la presunción de inocencia es posible que a algunos les resulte sutil, pero aquí adquiere una trascendencia manifiesta.
Sánchez pretende que la sociedad española calle ante esta ley del silencio y desmemoria. Y seguro que desearía que todos olvidasen, sin más, lo que sucedió el 1 de octubre de 2017 y acabemos confundiendo a los que actuaron conforme a Derecho con quienes lo violentaron.
No seré yo uno de ellos. No; porque no puede existir reproche ninguno, vergüenza ni deshonor en actuar tal y como Terry Malloy lo hace al final de La ley del silencio y atreverse a romper la para denunciar lo que está ocurriendo en este hoy sombrío muelle en el que pretenden convertir a España.