July 2, 2020

La última palabra

La última palabra

Con la concesión del derecho a la última palabra al que todo acusado tiene derecho en cualquier proceso penal como previene el artículo 739 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se dará por concluido el denominado juicio al procés. Y con la última sesión prevista para hoy concluirá un importantísimo capitulo de nuestra reciente historia judicial, ya que nadie jamás osó imaginar que llegaría un momento como al que estamos asistiendo. Porque, de una parte, y en primer lugar, antes del 1 de octubre de 2017 la práctica totalidad de la población española -incluida la catalana- no pudo llegar a representarse, siquiera remotamente, que el gobierno autonómico encabezado por Puigdemont fuera a ser capaz de declarar la independencia para constituirse en una república. De otra, porque una vez constatado lo anterior, no pocos fueron los que quisieron creer que el Estado no reaccionaría ante el reto de la manera en la que lo hizo y que, además, la fiscalía se atrevería a conducir ante la Justicia española a los responsables de aquel desafío secesionista. Y finalmente, porque los más críticos, cuando constataron la firmeza del Estado, pretendieron transmitir la falaz idea de que la gestión judicial de los hechos resultaría, en el mejor de los casos, deficiente y que los procesados nunca tendrían la posibilidad de disfrutar de un juicio justo.    


Pues bien, casi dos años más tarde, el terco devenir de los acontecimientos ha venido a demostrar que todos ellos estaban sumidos en un gran error. Puigdemont y su govern declararon la República independiente de Cataluña, pese a que durante el juicio muchos abjuraran de tan notorio hecho. El Estado liderado por el gobierno de Rajoy decretó la aplicación del hasta entonces desconocido 155 de la Constitución Española. Y los líderes políticos, mandos policiales y cabecillas de organizaciones sociopolíticas que coadyuvaron a los propósitos soberanistas fueron puestos a disposición de la Justicia española. 


La investigación preliminar de los hechos estuvo a cargo de la Jueza de la Audiencia Nacional Manuela Lamela y del juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, cuya residencia, por cierto, fue objeto de variopintos ataques durante los meses en los que duró la instrucción de la causa. Todos los investigados pudieron defenderse desplegando el argumentario que entendieron como el más oportuno. No hubo cortapisas ni limitaciones de tipo alguno. De igual manera transcurrió la ya a punto de agotarse fase de enjuiciamiento, que se ha desarrollado durante más de 50 sesiones ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. La presidencia de la Sala, a cargo del magistrado Manuel Marchena, sólo puede ser tildada de impecable. Y si algo se le pudiera reprochar, si acaso, es que agasajó a las defensas de los acusados con ciertos privilegios a los que no estamos acostumbrados a disfrutar los que nos dedicamos a este noble oficio; entre ellos, a poder sentarse junto a sus clientes. Pero, en todo caso, tales prerrogativas responderían a la expresión de una realidad democrática que aún hoy niegan tozudamente alguno de los acusados.


Por lo demás, los alegatos finales de los últimos días de los letrados de los acusados estuvieron destinados fundamentalmente a atacar la calificación jurídica de rebelión que ha venido sosteniendo la fiscalía (no así la abogacía, que la cambió por la de sedición poco antes del juicio). Los abogados de los acusados, que son absolutamente conscientes de la gravedad de la calificación jurídica a la que se enfrentan sus representados, no dejaron pasar la oportunidad de poner de manifiesto, precisamente, la fisura que representa que la fiscalía y la abogacía del Estado no fueran capaces de aunar criterios en tan trascendental cuestión, y veremos hasta qué punto este desencuentro pueda tener efectos en el fallo que alcance el Tribunal.


En el uso a su derecho a la última palabra, Junqueras ayer apeló a la necesidad de “devolver la cuestión a la política, al terreno del diálogo y el acuerdo”. Lo que olvidó es que la Justicia no entiende de política. Que es un poder completamente ajeno a la misma. Independiente. Con su distinto ritmo y sus propios tiempos. Y que el tribunal sólo se pronunciará respecto si los hechos ocurridos entre el 20 de septiembre y el 27 de octubre de 2017 pueden ser o no constitutivos de los delitos de rebelión/sedición, desobediencia y malversación. Quizás, como refiere el Eclesiastés, era tiempo de callar. No de hacer uso del derecho a la última palabra.

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