El lobo de Wall Street

Al igual que Jordan R. Belfort (conocido como El lobo de Wall Street), en los últimos años Mario Conde parecía haber resurgido de sus cenizas tras haber sido juzgado y condenado a finales de los 90 en los denominados casos Argentia Trust y Banesto. Pero así como Belfort consiguió rehacer parcialmente su fortuna relatando sus vivencias y celebrando conferencias por doquier en EEUU, en lo que respecta a Conde la Fiscalía tenía la firme sospecha de que los réditos obtenidos por sus memorias no justificaban su actual nivel de vida y que, por tanto, podría estar disfrutando, en realidad, de las cantidades apropiadas. Por tal razón, el pasado 29 de marzo la Fiscalía Anticorrupción presentó una querella contra Conde –y otras 14 personas más– en la que se le imputan la comisión de ocho delitos contra la hacienda pública, uno de blanqueo de capitales, otro de insolvencia punible y pertenencia a organización criminal.
Empezando por este último, que prevé la imposición de penas de hasta 8 años de prisión, no parece demasiado aventurado señalar que resultará de difícil aplicación, puesto que no es más que un "delito comodín" en este tipo de procesos (como, de hecho, lo es el de blanqueo de capitales). No en vano, este ilícito fue introducido en la reforma penal de 2010 y tiene su origen en la necesaria armonización de la legislación comunitaria y el afán de los miembros de la Unión Europea de luchar contra las nuevas formas de criminalidad internacional como, básicamente, el terrorismo, el tráfico de armas o el de personas. En todo caso, es necesario puntualizar que el delito examinado exige que toda la actividad de la organización esté dirigida exclusivamente a un fin criminal. Y por las noticias de las que se dispone hasta ahora, el entramado societario creado por Conde no respondería a ese perfil, aunque se utilizara tangencialmente para repatriar fondos desde el extranjero.
Delitos fiscales
Por lo que se refiere a los presuntos delitos fiscales, y teniendo en cuenta el secreto de las actuaciones decretado, se desconoce cuáles puedan ser los hechos que motivan tal imputación, que conllevaría la imposición de una pena de hasta 5 años de prisión y multa de hasta el séxtuplo de la cuantía defraudada por cada uno de tales delitos. Sin embargo, se puede adelantar que jamás podría fundamentarse en el hecho de que, inicialmente, Conde hubiera ocultado el destino del dinero del que se apropió en sendas causas por las que resultó condenado y que, después, no lo hubiera declarado al fisco. Una interpretación de la conducta de Mario Conde en estos términos implicaría que quien comete un delito patrimonial estaría obligado a declararlo a la Agencia Tributaria y tributar por los réditos obtenidos gracias al crimen perpetrado.
Por su parte, el delito de blanqueo de capitales imputado a Mario Conde, y utilizado, como se dijo, como "delito escoba" en este tipo de investigaciones, conlleva penas de hasta 6 años de prisión y multas de hasta el triplo del valor de los bienes objeto de blanqueo. El citado delito castiga a quienes adquieran, utilicen, conviertan o transmitan dichos bienes a sabiendas de su origen delictivo. El parecer de la Fiscalía es prima facie poco razonable, pues excluiría el denominado autoencubrimiento impune, que se traduce en que nadie está obligado a desvelar a las autoridades el delito ni las pruebas del mismo.
Y finalmente, el delito de alzamiento de bienes castiga a quien se alce con sus bienes en perjuicio de sus acreedores, o quien, con el mismo fin, realice cualquier acto de disposición patrimonial que dificulte o impida la eficacia de un procedimiento judicial iniciado. El ilícito de referencia se castiga con penas de hasta 4 años de prisión y multa de hasta 24 meses. El basamento de esta imputación contra Conde vendría determinado, al parecer, en la transferencia de los capitales distraídos a cuentas bancarias en el extranjero; pero lo cierto es que tal conducta podría estar manifiestamente prescrita a tenor del enorme lapso de tiempo transcurrido entre la supuesta conducta evasiva y la interposición de la querella. En definitiva, y pese a que, en abstracto, la suma de las penas por los delitos imputados no parezca alentadora para Conde, su defensa ofrece suficientes argumentos como para esperar un desenlace similar al del Lobo de Wall Street.
Víctor Sunkel
Abogado penalista