Promete ser interesante

Casi exactamente dos años atrás (el 25 de septiembre de 2014), la fiscalía anticorrupción presentaba en la Audiencia Nacional un informe por el que, haciéndose eco de una comunicación del Director General del Frob, ponía de manifiesto la existencia en Caja Madrid, y más tarde Bankia, de unas tarjetas de crédito que, al parecer, se hallaban fuera de los circuitos ordinarios de la Entidad y con las que Consejeros y altos directivos satisfacieron gastos de naturaleza estrictamente personales y, por ende, ajenos a los intereses de la misma. Veinticuatro meses más tarde, 65 personas han comenzado ya a sentarse en el banquillo de los acusados como presuntos autores de un delito continuado de apropiación indebida.
Blesa y Rato, como máximos responsables de la entidad en sus respectivos mandatos, se enfrentan a las penas más severas: el primero a la máxima prevista para este ilícito penal –6 años de prisión– y el segundo a 4 años de cárcel, pues no en vano fue Blesa quien, según las acusaciones, ideó y puso en marcha las tarjetas black y Rato quien continuó consintiendo su uso una vez desembarcó en la entidad de crédito. Junto a ellos, y además de quien, según la Fiscalía, les auxilió en la gestión subrepticia de las tarjetas opacas (Ildefonso Sánchez Barcoj), se sientan hasta 62 exconsejeros y ex altos directivos acusados por su parte de hacer uso de las tarjeta opacas. Para ellos, las penas solicitadas oscilan entre el año y los cuatro de prisión.
Previo al inicio de la vista no pocos acusados optaron por reintegrar parcial o totalmente el dinerario utilizado a través de las black, asegurándose una rebaja en la pena a través de la aplicación de la atenuante de reparación del daño del artículo 21.5ª del código penal. El último en hacerlo, y ya in extremis, ha sido Blesa, que el 22 de septiembre depositó los 437.000 euros de los que dispuso con su propia tarjeta black. Rato, por su parte, ya hizo lo propio en su día, pero el fiscal Luzón entiende que no puede beneficiarse de reducción de pena alguna, pues, además, debería haber asumido personalmente el total del dinero gastado con las tarjetas black durante su mandato: casi 2.700.000 euros.
El juicio promete ser interesante, toda vez que Blesa (y Rato en menor medida) deberá explicar por qué decidió poner en circulación las tarjetas black y si su opacidad fiscal fue o no conocida por el resto de los acusados. De esta manera, el futuro procesal de la mayor parte de sus compañeros de banquillo puede quedar en sus manos. Por su parte, los tenedores de las tarjetas alegarán posiblemente que ni tuvieron participación alguna en la decisión de emitir y entregar las reiteradas tarjetas y que ni mucho menos fueron conocedores de que la entidad no las declararía a la Hacienda Pública.
Ahora bien, para ello, habrán de ser muy convincentes en dos circunstancias nada pequeñas: la primera, la propia naturaleza de las tarjetas y el contexto que acompañó a su entrega; y la segunda, explicar racionalmente porqué usaron dicho medio de pago (para abonar gastos de carácter personal) si ya disponían previamente de otra tarjeta de empresa que utilizaban para cubrir gastos de representación. La conocida sentencia del Tribunal Supremo de 29 de diciembre de 2014 recuerda en tal sentido que "el más elemental sentido común impone al titular de una tarjeta de empresa excluir su utilización para gastos personales que sean ajenos al ámbito de la empresa que la sufraga".
Por tanto, la discusión se centrará en si las tarjetas cuestionadas fueron consideradas en su momento por sus tenedores como auténticas tarjetas de empresa o, más bien, como una remuneración en especie de la que podían disponer libremente.
Víctor Sunkel
Abogado penalista