July 2, 2020

Un intento de liquidar la Constitución

Un intento de liquidar la Constitución

Después de casi 50 sesiones de juicio en el que el pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha escuchado a los 12 acusados, examinado a más de 420 testigos, diversos peritos y visionado alrededor de 100 videos, ayer llegó el turno para que las acusaciones expusieran sus alegatos. 


Javier Zaragoza, Jaime Moreno, Consuelo Madrigal y Fidel Cadena, los cuatro fiscales que, hasta ahora, habían venido turnándose en la asistencia al juicio, quisieron repartirse igualmente la faena final del proceso judicial e informaron por turnos sobre aspectos diferenciados de la acusación que la fiscalía mantiene por los delitos de rebelión, malversación y desobediencia. Y lo primero que el Ministerio Público quiso que quedara meridianamente claro, antes que nada, es que los hechos juzgados fueron un auténtico golpe de estado. Seguidamente, y sentado lo anterior, que a través del juicio que está a punto de concluir no se ha intentado perseguir o reprimir ideas políticas. “La razón de este juicio -incidió Zaragoza- es haber intentado liquidar la Constitución usando la violencia y métodos coactivos”.  


Salvo Madrigal, que dedicó su brillante informe a desgranar milimétricamente todas aquellas conductas que entendía eran constitutivas de los delitos de malversación de caudales públicos (singularmente la contratación de publicidad institucional y gastos de organización del referéndum ilegal), el resto de las intervenciones de sus compañeros se usaron con contundencia para, sobre todo, apuntalar la acusación por el delito de rebelión. Porque, al contrario que la Abogacía del Estado que acusa por sedición y por tanto solicita penas de hasta 12 años a los acusados, la Fiscalía insiste en reclamar al Tribunal la aplicación del tipo penal de rebelión del artículo 472 del Código Penal, el cual posee una respuesta punitiva muchísimo más contundente que la de la sedición del artículo 544 del mismo Texto Legal: hasta 25 años de privación de libertad. Y esa es, precisamente, la pena que se demanda respecto a Oriol Junqueras, siendo la que pide para una buena parte del resto de los acusados (Forcadell, Cuixart, Sánchez, Romeva, Forn, Rull o Turull) las no menos graves de 17 o 16 años de prisión por el referido delito.


Para la fiscalía, al contrario que para la abogacía del Estado, los muchos actos de acoso a los cuarteles de la Guardia Civil, a comisarías de Policía Nacional y edificios públicos, a hoteles donde se alojaban los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, los asedios a las comitivas judiciales que intentaban practicar entradas y registros los días 19 y 20 de septiembre de 2017, los ataques a sedes de partidos constitucionalistas o los casi 80 incidentes contabilizados el 1-O entre la población que deseaba votar y las fuerzas policiales, sólo pueden hallar encaje en el delito de rebelión. En todo caso, quiso insistir Zaragoza en su intervención, se produjo un “grave riesgo de ruptura constitucional, y esto el Estado tuvo que revertirlo con un mecanismo excepcional: la aplicación del artículo 155 de la Constitución”. Finalmente, el fiscal Cadenas en una intervención exquisitamente técnica en defensa de la aplicación del delito de rebelión, señaló que, en todo caso, los acusados no necesitaban inicialmente acudir a la violencia para subvertir el orden constitucional, toda vez que, de una parte, ya controlaban las instituciones y, de otra, y precisamente por eso, estaban dispuestos a utilizarla cuando el “Estado reaccionara” tras la declaración de independencia, tal y como estaba recogido en la documentación incautada.  


Por su parte la abogacía del Estado defendió que la conducta de los acusados no rebasa el perímetro de la sedición, por cuanto no quedó acreditado que la violencia fuera “uno de los elementos estructurales del plan” para lograr la independencia, o que los acusados organizasen y contemplasen la violencia "como un instrumento nuclear para la consecución de sus fines, ni tampoco que fuese "idónea, suficiente o proporcionada".


Veremos quien tiene razón, pero mientras tanto y al margen de cuestiones técnicas, no debería olvidarse lo que señaló la fiscalía: fue un golpe de estado.


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