Conductas que se consideran delito urbanístico en España
Conductas que se consideran delito urbanístico en España
¿Sabes que construir en una zona prohibida o sin licencia se puede considerar un delito urbanístico? En el ámbito del derecho español, el delito urbanístico se ha convertido en un tema de gran relevancia debido a casos como el de El Algarrobico, construido en pleno Cabo de Gata en Almería. En este artículo vamos a analizar la definición y características de este tipo de delito, la regulación en el Código Penal y los elementos fundamentales del tipo penal.
Delito urbanístico: definición y características en derecho español
El delito urbanístico se refiere a diversas conductas como:
- Construcción en zonas prohibidas.
- Construcción sin licencia.
- Parcelación en suelo no urbanizable.
Es decir, se trata de acciones ilegales que incumplen el derecho urbanístico, el planeamiento urbanístico o la ordenación del territorio.
Además, son delitos que tienen un impacto en el medioambiente, ya que puede afectar a espacios naturales y producir perjuicios a flora y fauna.
La regulación del delito urbanístico en el Código Penal
Los delitos urbanísticos se regulan en los artículos 319 y 320 del Código Penal. En concreto los apartados 1 y 2 del artículo 319 establecen lo siguiente:
1. Se impondrán las penas de prisión de un año y seis meses a cuatro años, multa de doce a veinticuatro meses, salvo que el beneficio obtenido por el delito fuese superior a la cantidad resultante en cuyo caso la multa será del tanto al triplo del montante de dicho beneficio, e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a cuatro años, a los promotores, constructores o técnicos directores que lleven a cabo obras de urbanización, construcción o edificación no autorizables en suelos destinados a viales, zonas verdes, bienes de dominio público o lugares que tengan legal o administrativamente reconocido su valor paisajístico, ecológico, artístico, histórico o cultural, o por los mismos motivos hayan sido considerados de especial protección.
2. Se impondrá la pena de prisión de uno a tres años, multa de doce a veinticuatro meses, salvo que el beneficio obtenido por el delito fuese superior a la cantidad resultante en cuyo caso la multa será del tanto al triplo del montante de dicho beneficio, e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a cuatro años, a los promotores, constructores o técnicos directores que lleven a cabo obras de urbanización, construcción o edificación no autorizables en el suelo no urbanizable.
Por lo tanto, el delito urbanístico se produce mediante obras que pretendan urbanizar, construir o edificar. La diferencia entre el apartado 1 y 2 radica en el lugar donde se producen esas acciones que puede ser un suelo no urbanizable común o un suelo no urbanizable especial.
Elementos del delito urbanístico
Los elementos del delito urbanístico son fundamentales para poder determinar si se ha cometido un delito de este tipo y son los siguientes:
- Construir en suelo no urbanizable.
- Que la construcción no se pueda autorizar.
- Que la construcción sea nueva, tenga una entidad importante y carácter permanente. Por ejemplo, si se trata de algo que se pueda desmontar no se considera que sea permanente.
- Las personas que pueden cometer este delito pueden ser: promotores, constructores, directores técnicos y pueden sufrir una inhabilitación para ejercer su profesión.
En definitiva, el delito urbanístico es un tema complejo y de gran importancia en el derecho español. El conocimiento de la regulación en el Código Penal y la identificación de sus elementos son fundamentales para poder diseñar una estrategia procesal por parte de los abogados penalistas que lleven este tipo de casos.