Consecuencias penales de provocar un incendio
Durante los últimos años hemos visto numerosos incendios que han tenido consecuencias catastróficas en España puesto que han arrasado con flora y fauna y han puesto en peligro a las personas. Un incendio puede tener consecuencias graves y poner en peligro la vida de las personas, por ese motivo el Código contempla varias situaciones en las que se considera un delito con diferentes penas en función de las circunstancias. En este post te contamos las consecuencias penales de provocar un incendio.
Según datos publicados por Ecoavant hasta el 28 de febrero de 2023 se han quemado 5.396,85 hectáreas y la media del decenio es de 6.959. La zona noroeste Se trata de datos que demuestran que los incendios son muy frecuentes y que debemos controlarlos.
Regulación del delito de incendio en el Código Penal
En Código Penal se refiere en varios artículos a delitos relacionados con el incendio. Lo vemos a continuación:
Delito de incendio:
El delito de incendio se regula en el artículo 351 del Código Penal que establece lo siguiente:
Los que provocaren un incendio que comporte un peligro para la vida o integridad física de las personas, serán castigados con la pena de prisión de diez a veinte años. Los Jueces o Tribunales podrán imponer la pena inferior en grado atendidas la menor entidad del peligro causado y las demás circunstancias del hecho.
Cuando no concurra tal peligro para la vida o integridad física de las personas, los hechos se castigarán como daños previstos en el artículo 266 de este Código.
Delito de daños:
En el caso de que no se provoque un peligro para la vida o integridad física de las personas el incendio se castigará en función de lo regulado en el artículo 266 del Código Penal (delito de daños) que establece lo siguiente:
- Será castigado con una pena de prisión de uno a tres años quien cause los daños previstos en artículo 63.1 (daños en propiedad ajena) mediante incendio.
- Será castigado con la pena de prisión de tres a cinco años y multa de doce a veinticuatro meses el que cometa los daños previstos en el artículo 63.2 (daños en bienes de dominio público, que arruinen al perjudicado o que sean de especial gravedad) en las circunstancias detalladas en el apartado anterior.
Delito de incendio forestal
El delito de incendio forestal se regula en el artículo 352 y siguientes del Código Penal que establece lo siguiente:
Los que incendiaren montes o masas forestales, serán castigados con las penas de prisión de uno a cinco años y multa de doce a dieciocho meses.
Si ha existido peligro para la vida o integridad física de las personas, se castigará el hecho conforme a lo dispuesto en el artículo 351, imponiéndose, en todo caso, la pena de multa de doce a veinticuatro meses.
Por otra parte, el artículo 353 del Código Penal regula un tipo agravado que se castiga con una pena de prisión de tres a seis años y una multa de dieciocho a veinticuatro meses en el caso en que se trate de un incendio de especial gravedad porque concurran determinadas circunstancias, por ejemplo, que afecte una gran superficie, que altere las condiciones de la vida animal o vegetal o que el autor obtenga un beneficio económico derivado del incendio.
El Código Penal también regula un tipo atenuado del delito de incendio que se produce cuando dicho incendio no se propaga. En este caso la pena es de prisión de seis meses a un año y la multa de seis a doce meses.
Tal y como has visto se trata de casos graves en los que se producen daños importantes en el medio natural y a los bienes de las personas, así como supuestos en los que se pone en peligro la vida de las personas. Si quieres saber más sobre este tipo de delitos contacta con nuestro equipo de abogados penalistas para resolver tus dudas.