Diferencia entre delito y delito leve de lesiones
Desde 2015 las faltas desaparecieron del Código Penal y pasaron a considerarse delitos leves. Esto supuso que, desde ese momento, existiera un delito básico de lesione y un delito leve de lesiones. En este post te contamos las diferencias entre los dos delitos y las penas que conlleva cada uno.
¿Qué son el delito básico de lesiones y el delito leve de lesiones?
Se trata de un delito en el que una persona produce a otra una lesión que para sanarse requiere atención facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. Si la lesión solo requiere seguimiento facultativo o vigilancia, no se considera tratamiento médico.
Si la lesión no requiere asistencia facultativa o no necesita tratamiento médico o quirúrgico posterior, se considera que es un delito leve de lesiones (antiguamente se consideraba una falta).
Diferencias entre los dos delitos
En base a las definiciones que hemos visto del delito básico y del leve de lesiones podemos destacar las siguientes diferencias entre ambos:
- Para distinguir un delito de otro lo más importante es saber si la lesión requiere un tratamiento médico o quirúrgico. Se entiende que se necesita un tratamiento médico o quirúrgico cuando hay varias actuaciones del facultativo posteriores a la primera asistencia que son esenciales para sanar al paciente.
- La otra diferencia entre un delito básico y un delito leve de lesiones consiste en la pena que se regula en el Código Penal para los dos tipos:
- Para el delito básico de lesiones la pena es de prisión de seis meses a tres años. El Código Penal también regula un tipo agravado de lesiones para los casos en que se utilicen armas u otros instrumentos, exista ensañamiento o alevosía, o la víctima sea menor de 14 años o tenga una discapacidad. En este caso la pena es de prisión de dos a cinco años.
Junto con lo anterior se regulan otros casos en los que se considera la existencia de una agravación del delito de lesiones:
- Cuando se produce la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro principal o de un sentido, la impotencia, la esterilidad, una grave deformidad o una grave enfermedad somática o psíquica. En este caso la pena de prisión de seis a doce años.
- Si se produce la mutilación genital la pena es de prisión de seis a doce años.
- Si se da la pérdida o inutilidad de un órgano o miembro no principal o su deformidad, la pena será de prisión de tres a seis años.
- Para el delito leve de lesiones es de multa de uno a tres meses.
En definitiva, si has sufrido lesiones o eres acusado de haber lesionado a otra persona, es fundamental que cuentes con la ayuda de un abogado penalista experto que estudie tu caso, analice las posibilidades existentes y dirija la estrategia de defensa procesal en base a su conocimiento del derecho penal y del proceso penal para proteger tus intereses.