¿En qué caso las comisiones son ilegales?
En el tráfico mercantil es bastante habitual realizar servicios y recibir una comisión a cambio. Pero ¿en qué casos se puede considerar que las comisiones son ilegales o sobornos?, ¿Qué consecuencias penales se pueden producir en estos casos? Te contamos todos los detalles en este artículo.
El cobro de comisiones aparece muchas veces en la prensa, sobre todo en casos en los que se trata de contratos públicos. Pero, con independencia de la cantidad que se entregue como comisión, puede tratarse de un acto legal o ilegal. A continuación, vamos a ver en qué casos se puede considerar un delito regulado por el Código Penal.
La comisión mercantil en el Código de Comercio
La comisión Mercantil se regula en los artículos 244 y siguientes del Código de Comercio y se define como el mandato que tiene por objeto un acto u operación de comercio y sea realizado por un comerciante o agente del comercio el comitente o el comisionista.
Por otro lado, el artículo 272 del código de Comercio reconoce la existencia de una comisión ordinaria a favor de comisionista por la participación en las ventas.
Sin embargo, pueden existir comisiones asociadas a actos delictivos, por ejemplo, se produce una operación aparentemente lícita entre las partes y documentada, pero subyace un delito.
Delitos asociados a comisiones ilegales
Las comisiones ilegales suelen estar asociadas a dos delitos:
- Delito de cohecho. Se regula en el artículo 419 del Código Penal, que establece lo siguiente:
La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, recibiere o solicitare, por sí o por persona interpuesta, dádiva, favor o retribución de cualquier clase o aceptare ofrecimiento o promesa para realizar en el ejercicio de su cargo un acto contrario a los deberes inherentes al mismo o para no realizar o retrasar injustificadamente el que debiera practicar, incurrirá en la pena de prisión de tres a seis años, multa de doce a veinticuatro meses, e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a doce años, sin perjuicio de la pena correspondiente al acto realizado, omitido o retrasado en razón de la retribución o promesa, si fuera constitutivo de delito.
- Delito de corrupción en los negocios. En este caso no interviene la acción se realiza entre dos particulares. Se regula en el artículo 286 bis del Código Penal que establece que el directivo, administrador o empleado de una empresa que reciba o acepte un beneficio o ventaja no justificados como contraprestación por favorecer indebidamente la adquisición o venta de mercancías o la contratación de servicios, será castigado con la pena de prisión de seis meses a cuatro años, inhabilitación especial para el ejercicio de industria o comercio por tiempo de uno a seis años y multa del tanto al triplo del valor del beneficio o ventaja.
Es importante tener en cuenta que el hecho de que una persona o empresa reciba una comisión millonaria no es por sí mismo un delito. Puede tratarse de una comisión muy elevada y totalmente legal. Para determinar si hay delito es esencial ver si el hecho se encuadra en alguna de las figuras que hemos detallado para lo cual es fundamental la ayuda de un abogado penalista experto.