¿Qué es la acumulación de condenas y cómo funciona?
¿Qué es la acumulación de condenas y cómo funciona?
Si una persona comete varios delitos y cada delito lleva aparejada una pena, ¿debe cumplirlas consecutivamente o se pueden agrupar?, ¿cómo se hace la agrupación si es posible?, ¿se puede recurrir la resolución del juez o tribunal? Son las preguntas a las que vamos a responder en este artículo. Te explicamos qué es la acumulación de condenas, cómo se regula y de qué forma se aplica.
Regulación de la agrupación de condenas
La regulación de la acumulación o refundición de condenas deriva del artículo 76 del Código Penal y de los artículos 988 y 17 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Las claves de la acumulación de condenas son las siguientes:
- El objetivo es agrupar varias sentencias condenatorias por la comisión de diferentes delitos para que una persona no cumpla condena de forma indefinida.
- Debe tratarse de delitos conexos y que hayan sido objeto de un único juicio.
- Se consideran delitos conexos:
- Los cometidos por dos o más personas reunidas.
- Los cometidos por dos o más personas en distintos lugares o tiempos si hubiera precedido concierto para ello.
- Los cometidos como medio para perpetrar otros o facilitar su ejecución.
- Los cometidos para procurar la impunidad de otros delitos.
- Los delitos de favorecimiento real y personal y el blanqueo de capitales respecto al delito antecedente.
- Los cometidos por diversas personas cuando se ocasionen lesiones o daños recíprocos.
- Los delitos que no sean conexos pero hayan sido cometidos por la misma persona y tengan analogía o relación entre sí, cuando sean de la competencia del mismo órgano judicial, podrán ser enjuiciados en la misma causa, a instancia del Ministerio Fiscal, si la investigación y la prueba en conjunto de los hechos resultan convenientes para su esclarecimiento y para la determinación de las responsabilidades procedentes, salvo que suponga excesiva complejidad o dilación para el proceso.
- El Código Penal establece un máximo de duración de 20 años para los casos de acumulación de penas, aunque regula excepciones para casos de delitos más graves que pueden llegar a tener penas de 25 a 40 años.
Para que se comprenda mejor cómo funciona la agrupación de penas, ponemos un ejemplo: si condenan a una persona a una pena de prisión de 5 años y a otra de 7 por otro delito conexo, cuando haya cumplido 5 la pena de 5 ya se habrá extinguido y quedarán 3 años para cumplir la pena de 7.
Procedimiento para aplicar la acumulación de penas
El procedimiento para que se puedan agrupar penas deriva del artículo 988 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que establece que:
- El incidente de acumulación de penas se puede iniciar por el Ministerio Fiscal, por el condenado o de oficio por el juez o tribunal que haya dictado la última sentencia.
- A continuación, el abogado del estado solicitará el listado de condenas (hoja histórico-penal) al registro central de penados y testimonio de las distintas sentencias.
- El juez o tribunal dictará una resolución sobre el incidente.
En el caso en que se deniegue la acumulación de condenas se puede presentar un recurso de casación por infracción de ley ante el Tribunal Supremo, por parte del Ministerio fiscal o del condenado.
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