¿Qué es la responsabilidad civil derivada de delito?
Desde que se modificó el Código Penal en el año 2015 se introdujo la responsabilidad penal de las personas jurídicas, se ha producido un gran cambio en nuestro sistema legal, pero, en estos casos, no podemos olvidar que surge también la responsabilidad civil derivada del delito.
Puede ocurrir que una empresa que no haya participado en la comisión de un delito, tenga responsabilidad civil por haberse cometido ese delito es sus instalaciones u oficinas. El Objetivo de la responsabilidad civil es reparar económicamente los daños y perjuicios causados a la víctima o perjudicado por el delito.
Regulación de la responsabilidad civil en el Código Penal
La responsabilidad civil se regula en los artículos 116 y siguientes del Código Penal que establecen lo siguiente:
- Las personas criminalmente responsables de un delito lo serán también civilmente si del hecho se derivan daños y perjuicios. En el caso en que exista más de un responsable del delito serán los jueces o tribunales quien determine la cuota de que debe responder cada uno.
- Los autores y los cómplices serán responsables solidariamente entre sí por sus cuotas y subsidiariamente por las que correspondan a los demás responsables.
- La responsabilidad penal de una persona jurídica llevará consigo su responsabilidad civil de forma solidaria con las personas físicas que fueran condenadas por los mismos hechos.
Por otro lado, es establecen diversas responsabilidades civiles:
- La responsabilidad directa del asegurador, regular el artículo 117 del Código Penal.
- La responsabilidad subsidiaria que se aplicará en el caso de que el autor y sus cómplices no puedan pagar la indemnización. En este supuesto responderán las siguientes personas:
- los padres o tutores por los delitos cometidos por los menores de edad y por los mayores sujetos a su patria potestad o tutela que vivan en su compañía, en los casos en que exista culpa o negligencia.
- Las personas naturales o jurídicas titulares de establecimientos que se dediquen a los medios de comunicación pública por los delitos cometidos en tales medios.
- las personas naturales o jurídicas que se dediquen a la industria o el comercio por los delitos o faltas que sean cometidos por sus empleados o dependientes, representantes o gestores cuando hayan incumplido alguna norma o reglamento.
- Las personas naturales o jurídicas que sean titulares de vehículos que crean riesgos para terceros.
- El Estado, las comunidades autónomas y las provincias responden subsidiariamente de los daños causados cuando los autores sean autoridades, agentes y funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos y funciones.
Según lo regulado en el artículo 109 del Código Penal el perjudicado podrá optar por exigir la responsabilidad civil ante la jurisdicción civil. Por otro lado, la responsabilidad civil comprende: la restitución, la reparación del daño y la indemnización de perjuicios materiales y morales.
En cualquier caso en el que se produzca una responsabilidad civil derivada de un delito será necesario el asesoramiento de un abogado penalista experto que estudie el caso y defiende a los intereses del acusado.